He estado viendo el estudio realizado por la Oficina Europea de Patentes (OEP) y la Oficina para la Armonización del Mercado Interno (OAMI) sobre las llamadas “industrias con intensiva actividad en propiedad intelectual – PI -” (“IPR-Intensive Industries”) (Intellectual property rights intensive industries: contribution to economic performance and employment in the European Union; www.epo.org/news-issues/news/2013). Éstas son definidas como empresas que hacen un uso por encima de la media de los derechos de propiedad intelectual, por empleado, ya se trate de patentes, marcas indicaciones de origen geográfico etc. Puesto que la mayoría de las empresas están relacionadas en alguna medida con derechos de propiedad intelectual, el estudio – cómo se dice expresamente – aún subestima la contribución real de los derechos de propiedad intelectual a la economía europea. Una explicacion detallada de cómo se han obtenido y analizado los datos se puede encontrar en el enlace indicado.
El objeto del estudio (septiembre 2013) ha sido evaluar en qué medida esta industria contribuye a la economía y al empleo en la Unión Europea – UE -. Y las grandes cifras son las siguientes: 56 millones de los 218 millones de personas que trabajan en la UE están empleadas en estas “industrias con intensiva actividad en PI”. Esto representa el 26% del empleo total. Si consideramos el número de personas trabajando de manera indirecta en puestos generados por estas industrias con actividad intensiva en PI el porcentaje se eleva a aproximadamente 76 millones de personas. ¡No está nada mal!. Y el estudio también concluye que el 38.6 % del producto interior bruto – PIB – de la UE procede de “industrias con intensiva actividad en PI”. Si hablamos específicamente de patentes, el número representa el 10% del empleo en la UE.
Breve apunte sobre España: las “industrias con intensiva actividad en PI” generan aproximadamente el 10% del empleo, y este resultado se obtuvo teniendo en cuenta que estamos entre los cinco primeros países en Europa en marcas y diseños, pero sólo en el undécimo puesto en patentes. Podemos sacar nuestras propias conclusiones.
Parece también, de acuerdo con el estudio realizado por los dos organismos citados, que las personas que trabajan en las “industrias con intensiva actividad en PI” reciben mayores ingresos que en el resto de sectores económicos. Más concretamente, y cito de modo literal: “La retribución semanal media en las “industrias con intensiva actividad en PI” es de 715 €, comparado con los 507 € en otras industrias distintas – una diferencia del 41%. Esta “retribución extra” es del 31% en industrias con actividad intensiva en diseños, 42% en industrias con actividad intensiva en marcas, 46% en industrias con actividad intensiva en indicaciones geográficas, 64% en industrias con actividad intensiva en patentes, y 69% en industrias con actividad intensiva en copyright (página 9 del documento).
Nosotros, agentes de patentes, podemos celebrar estos números como parte de estas “industrias con actividad intensiva en PI”. ¡Pero nada es gratis!. Si ya han tenido tiempo de echar un vistazo al último número del Boletín Oficial de la OEP (Octubre 2013), habrán podido leer, por ejemplo, algunas preguntas dirigidas a la Alta Cámara de Recursos en relación con el caso G1/13: ¿qué sucede cuando una empresa presenta una oposición y antes de que la Oficina Europea emita una decisión de mantener la patente con enmiendas, la empresa desaparece – se disuelve -, pero más tarde se restablece y reincorpora al registro mercantil por efecto de una ley nacional?. ¿Debería la Oficina Europea aceptar la continuación de la oposición por la empresa nuevamente restablecida?, ¿qué pasa, si incluso después se presenta un recurso en nombre de esa misma empresa, en contra del mantenimiento de la patente, y el restablecimiento efectivo de la empresa tuvo lugar después de la presentación del recurso?.
En ciertas circunstancias en las que incluso la Oficina Europa de Patentes no tiene una respuesta clara aún, ¿qué se debe esperar de un agente que asesora a su cliente?.
Y mientras esperamos la respuesta a decenas de preguntas similares a las reproducidas en el párrafo anterior, y a otras tantas distintas, debemos también explicar a nuestros clientes por qué no podemos garantizarles que sus patentes van a ser concedidas, o por qué no podemos acelerar más el proceso de concesión, o por qué necesitamos diez horas adicionales para completar un estudio de documentos nuevos aportados a un caso. No se podrá decir que este trabajo es pan comido, más bien ¡trabajo duro!.
Seni Cueto